Buenos días Jordani,
Por favor consulta los artículos 424 del E.T , 477 del E.T y 468- 1 del E.T , en donde se menciona respectivamente qué bienes están excluidos, exentos o gravados a la tarifa del 5%. Si no aplica en ninguno de los artículos mencionados se entenderá como gravado a la tarifa general del 19%. Y para servicios excluidos del impuesto sobre las ventas verifica el artículo 476 del E.T.
Saludos
Buenas tardes ibiscar,
Si cumples con al menos una condición, estás obligado a declarar renta año gravable 2017.
Para determinar si tienes que declarar Renta año gravable 2017, por favor consultar el, Art 1.6.1.13.2.7. en la página 5 del siguiente enlace:
http://es.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201951%20DEL%2028%20DE%20NOVIEMBRE%20DE%202017.pdf
Saludos
Buenas tardes Anama20,
Ten en cuenta el instructivo de diligenciamiento del formulario 210 y 110, según sea tu caso.
(www.dian.gov.co - clic en Portal Web) - parte superior - Atención al Ciudadano - Formularios e Instructivos - Formularios - Año 2018 - Formulario 210/Formulario 110. A partir de la página 2 se explica las especificaciones de la información que debes registrar en cada casilla del formulario.
También puedes consultar el programa ayuda renta lo encuentras en la siguiente ruta: www.dian.gov.co - sección prevalidadores - Descarga Programa Ayuda Renta 2017.
Saludos
Buenas tardes Yudy,
Debes tener en cuenta el micrositio de renta persona natural en la siguiente ruta: (www.dian.gov.co - clic en portal web) - Parte Superior - Impuestos - Personas - Renta Personas Naturales 2017.
En este micrositio encontrarás toda la información relevante para verificar si debe o no declarar renta año gravable 2017.
Saludos
Buenas tardes Lucila,
El formulario que estás tratando de diligenciar es el 210? Si, la respuesta es si, es necesario que verifiques el instructivo de este formulario:
https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/formulariosinstructivos/Formularios/2018/Formulario_210_2018.pdf
Se trata de la información que debes diligenciar en cada casilla del formulario 210
Saludos
Buenas tardes Ciro,
Para el año gravable 2017 personas naturales solo se habilitaron dos formularios para declaración de renta.
Formulario 110, para personas naturales y/o sucesiones ilíquidas no residentes.
Y formulario 210 para personas naturales y/o sucesiones ilíquidas de residentes.
Es necesario que revises las condiciones, para conocer a cual de los dos aplicarías.
Saludos
Buenas tardes Jfuentes102,
Recuerda que el artículo 8 del Estatuto tributario indica que los cónyuges, individualmente considerados, son sujetos gravables en cuanto a sus correspondientes bienes y rentas.
Durante el proceso de liquidación de la sociedad conyugal, el sujeto del impuesto sigue siendo cada uno de los cónyuges, o la sucesión ilíquida, según el caso.
Si es para el periodo fiscal 2017, debes validar el instructivo de diligenciamiento del formulario 210.
Y no olvides el decreto 1951 de 2017, el cual indica:
Artículo 1.6.1.13.2.6. Contribuyentes obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario. **
Artículo 1.6.1.13.2.7. Contribuyentes no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario.**
Artículo 1.6.1.13.2.15. Declaración de renta y complementario de personas naturales y sucesiones ilíquidas.**
Debes realizar una lectura del Decreto 2250 de 2017 por los cambios estructurales en la determinación del impuesto a la renta de personas naturales.
Y te sugiero revisar tu residencia fiscal en los los Artículo 9 y 10 del Estatuto Tributario.
Saludos
Buenas tardes Camurgue,,
Recuerda que las indemnizaciones pueden tomarse como rentas exentas.
Es necesario que valides la clasificación de la indemnización de acuerdo al instructivo de diligenciamiento del formulario 210:
https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/formulariosinstructivos/Formularios/2018/Formulario_210_2018.pdf
Y a la evidencia que manejes.
Saludos
Buenas tardes Gloma,
En el siguiente enlace encuentras el micrositio con toda la información para la declaración de renta año gravable 2017:
https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta_Personas_Naturales_2017/Presentacion/Paginas/default.aspx
En este encuentras el ABC de renta, el programa ayuda renta, los obligados y no obligados, la determinación de las rentas cedulares, presentación, pago de la declaración, normatividad e información adicional.
Saludos