Hola,
No existen leyes ni instructivos por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia, que defina un plazo determinado para que los bancos realicen un levantamiento de gravámenes hipotecarios o prendarios, y esto dependerá de las políticas internas que maneje cada entidad.
Sin embargo si ha transcurrido el plazo que la entidad informó inicialmente, usted tendrá que acuidr a la oficina del banco donde radicó la solicitud, para que le indiquen cual es la razón de la demora y que le informen del levantamiento o cancelación de la hipoteca o prenda.
Y en caso de que no se lleve a cabo la cancelación de la garantía sin razón legal alguna, usted podrá hacer uso de acción de protección al consumidor ante la Superintendencia Financiera de Colombia.
Saludos