Para saber como debes calcular tu liquidación debes conocer cuales son las variables que intervienen en el cálculo, ya que esta se calcula partiendo del salario que percibes, por lo que debes conocer los valores de: tu salario para 160 horas, horas extras, recargos por trabajos ya sean nocturnos o por fines de semana y festivos, comisiones, vacaciones, subsidios de transporte si aplican, entre otros.
Todos los años la empresa realiza liquidaciones de los elementos que conforman tu contrato de trabajo, por lo que al momento del cese de tus labores se tomará en cuenra cuándo fue el último pago de tus prestaciones, sumando de esta forma el año o los años pendientes de las mismas para llegar al gran monto final.
En el siguiente artículo te explicaremos cuales son los elementos de tu contrato laboral, cuales son las fómulas para calcular tus prestaciones y como aplicarlas, las herramientas digitales que hoy en día te ayudan a realizar este cálculo de forma automática y las bases legales sobre las cuales se liquida un contrato de trabajo.
Liquidación Contrato de Trabajo: Elementos a considerar del contrato laboral
El monto de tu liquidación estará sujeto a la presencia de ciertos elementos que hacen parte del contrato laboral, y que se mencionan a continuación:
Elementos de un contrato laboral | |
Salarios pendientes de pago | En los que se incluyan; sueldos, horas extras, recargos. Cesantías: Corresponden a una prestación social que el empleador tendrá que pagar a sus trabajadores de forma anual y que será proporcional al periodo laborado. |
Intereses de cesantías | Hace referencia a las utilidades sobre el valor de las cesantías, que tendrán que pagar las empresas a sus trabajadores directamente por nómina. De acuerdo a la ley corresponderá al 12% anual y será la empresa la encargada de liquidar los intereses a cada trabajador al 31 de Diciembre de cada año. El plazo máximo para que la empresa realice la cancelación de los intereses será el 31 de Enero del año siguiente. |
Prima | Corresponde al pago que deben realizar todas las empresas a sus empleados y representa un salario mensual por cada año laborado, o en caso de que la vinculación sea inferior a un año, dicho pago corresponderá al tiempo que el trabajador lleve vinculado. |
Vacaciones | En el país corresponden a 15 días hábiles de descanso por cada año trabajado. |
Indemnización | Si es un contrato a término fijo, el valor a pagar que asume el empleador corresponderá al lapso de tiempo faltante para la culminación del contrato laboral, y en caso de que se termine la obra, este valor no será menor a 15 días. En el caso de los trabajadores con contrato a término indefinido es importante que revises la reglamentación del artículo 28 de la Ley 789 de 2002. |
Liquidación Contrato de Trabajo: Cálculo de la Liquidación
Para realizar el cálculo de tu liquidación, es necesario tener en consideración algunos conceptos:
Elementos a liquidar | Fórmula | Indicaciones |
Cesantías: | Salario mensual * Días trabajados/360. | Aquí están incluidos temas de subsidio de transporte y conceptos como: comisiones y horas extras, en caso de que se reciban. |
Intereses sobre cesantías: | Cesantías *Días trabajados *0,12/360 | |
Prima de servicios: | Salario mensual * Días trabajados en el semestre/360. | Aquí están incluidos temas de subsidio de transporte y conceptos como: comisiones y horas extras, en caso de que se reciban. |
Vacaciones: | Salario mensual básico * Días trabajados/720. | En esta parte se incluyen conceptos tales como: comisiones y recargos, en caso de que se reciban. |
Ahora bien, para realizar el cálculo de tu liquidación si tienes un contrato normal debes aplicar la siguiente fórmula: Cesantías + intereses de cesantías + prima legal de servicios + días de vacaciones causados.
Si tienes un contrato integral tu liquidación final va a estar presentada por los días de vacaciones causados hasta la fecha, ya que en el ingreso mensual va incluido la carga prestaciones.
¿Cuánto es el pago de una liquidación?
Por si aún no sabes como calcular la liquidacon, te dejamos aquí un ejemplo práctico.
Primero debemos calcular los días que vamos a considerar. Para este ejemplo hemos puesto fechas estimadas
Elementos | Última liquidación | Retiro | Días transcurridos |
Cesantías | 31/12/2021 | 20/04/2022 | 110 |
Intereses sobre cesantías | 31/12/2021 | 20/04/2022 | 110 |
Prima de servicios | 31/12/2021 | 20/04/2022 | 110 |
Vacaciones | 15/10/2021 | 20/04/2022 | 187 |
Salario: 2,000,000 COP (estimado)
Elementos | Fórmula aplicada | Días transcurridos | Valor a recibir |
Cesantías | 2,000,000 x 110 / 360 | 110 | 611,111 COP |
Intereses sobre cesantías | 611,111 x 110 x 0.12 / 360 | 110 | 22,407 COP |
Prima de servicios | 2,000,000 x 110 / 360 | 110 | 611,111 COP |
Vacaciones | 2,000,000 x 187 / 720 | 187 | 519,444 COP |
Total | 1,764,074 COP |
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Liquidación Contrato de Trabajo: Herramientas Digitales para el Cálculo de la Liquidación
En Colombia actualmente existe una serie de herramientas digitales que pueden ser utilizadas por los empleados para calcular su liquidación además de las formulas antes mencionadas.
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Calculadora Mintrabajo: El ministerio de Trabajo presenta la calculadora laboral como una herramienta pedagógica de fácil uso, con la que los trabajadores y empleadores de Colombia podrán: generar estimativos de liquidación de prestaciones sociales, simular las provisiones mensuales que los empleadores deben tener en cuenta al contratar un trabajo.
En cuanto a término de uso, solo aplica para los trabajadores del sector privado vinculados por un contrato laboral directo. No aplica a servidores públicos, ni trabajadores que reciben salario integral, es decir, más de 10 salarios mínimos, más un factor prestacional equivalente a un 30% del salario recibido, caso en el cual solamente se líquida el descanso remunerado. Trabajadores No cobijados por la ley 50 de 1990, que tengan derecho al pago retroactivo de las cesantías.
Para calcular su liquidación la Calculadora Laboral.com solicita fecha de ingreso y fecha del fin del contrato o relación laboral usando el calendario más el valor del salario.
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Calculadora Salarial Colombia: es una aplicación que permite calcular los siguiente valores:
Ingresos neto, deducciones (parafiscales, impuestos), retención en la fuente, horas extras (en sus diferentes modalidades: Diurno, nocturno y Dominicales), liquidación de contrato laboral.
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Calcular Liquidación Nómina: es una apps destinada tanto al empleado como al empleador, y te ofrece la siguiente información:
Genera estimativos de liquidación de prestaciones sociales, simular las provisiones mensuales que los empleadores deben tener en cuenta al contratar un trabajador, conocer y comprobar sus respectivos derechos y deberes en materia salarial, genera el envió del correo con la liquidación al usuario y solo está disponible para Colombia.
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Mi Liquidación Colombia: es una aplicación que le permitirá conocer el monto de liquidación que debería recibir con solo diligenciar los datos de fecha de ingreso y salida, el salario mensual y el auxilio de transporte si tiene derecho a este beneficio.
¿Mi Calculadora que és?
El Ministerio del Trabajo de Colombia pone a disposición la Calculadora Laboral. Que le permite a los trabajadores y empleadores de Colombia poder realizar:
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Generar estimativos de liquidación de prestaciones sociales
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Simular las provisiones mensuales que los empleadores deben tener en cuenta al contratar un trabajador.
Mi Calculadora: calcular la liquidación
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Para calcular la liquidación, deben ingresar la fecha de inicio y de fin del contrato o relación laboral en base al calendario. El estimado de liquidaciones y costos se calculan por año calendario.
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Ingresar el valor del salario, incluyendo comisiones y horas extras (si se tienen).
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Ingresar el valor de auxilio de transporte si se tiene derecho a este (solo cuando se gana menos de 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes). En el caso de no contar con auxilio de transporte es necesario ingresar el valor 0.
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Tomar el resultado del total de la liquidación y apúntarlo en algún lugar y luego calcular el siguiente año y realizar todo el proceso anterior, y así sucesivamente.
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Cuando ya se cuente con todos los años liquidados por separado, súmarlos y el resultado será la liquidación final estimada total.
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Recuerda que para calcular una liquidación exacta, es necesario ingresar los datos lo más específicos posible.
A considerar:
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Las liquidaciones deben calcularse y efectuarse año a año. Por lo que la Calculadora no permite ingresar periodos superiores al año calendario.
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Deben informar si reciben o no auxilio de transporte. Los trabajadores que devenguen más de dos salarios mínimos no podrán acceder al auxilio de transporte.
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El salario devengado no puede ser inferior al Salario Mínimo.
Restricciones:
La calculadora es válida para todos los trabajadores del sector privado que posean un contrato laboral directo.
La calculadora No aplica para:
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Servidores públicos
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Trabajadores vinculados por un contrato de prestación de servicios de carácter civil.
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Trabajadores que reciben salario integral, es decir más de 10 salarios mínimos, más un factor prestacional equivalente a un 30% del salario recibido, caso en el cual solamente se liquida el descanso remunerado.
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Trabajadores No alcanzados por la ley 50 de 1990, y con derecho al pago retroactivo de cesantías.
La calculadora solamente aplica para poder calcular y simular las liquidaciones en las situaciones en las que el contrato de trabajo finaliza con justa causa o por cualquiera de las causas legales No originadoras de indemnizaciones de ninguna índole.
Liquidación Contrato de Trabajo: Razones de Terminación del contrato laboral
Según el Código Sustantivo del Trabajo, la finalización del contrato laboral puede darse por los siguientes motivos:
- Muerte del trabajador.
- Mutuo consentimiento.
- Terminación del plazo fijo pactado.
- Terminación de la obra o labor contratada.
- Clausura definitiva de la empresa o establecimiento.
- Suspensión de actividades por parte del empleador durante más de (120) días.
- Terminación de contrato por justa causa o sin justa causa.
Código del Trabajo vigente
Al momento de comenzar a trabajar en una compañía es importante conocer cada aspecto legal que pueda respaldar al asalariado en el futuro, esto garantizará que el convenio pactado con el empleador sea el correspondiente al código del trabajo vigente. Entre los artículos más destacados se encuentran:
Artículo 1. Objeto. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.
Artículo 3. Relaciones que regula. El presente Código regula las relaciones de derecho individual del Trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del Trabajo, oficiales y particulares.
Artículo 8. Libertad de trabajo. Nadie puede impedir el trabajo a los demás, ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo lícito su ejercicio, sino mediante resolución de autoridad competente encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores o de la sociedad, en los casos que se prevean en la ley.
Artículos que respaldan al trabajador
Como ya se ha mencionado anteriormente, existen en la ley varios artículos de los cuales el trabajador puede valerse para defender sus derechos laborales en caso de despido injustificado o cualquier otra acción irregular en la empresa, y por ende, es necesario tener en cuenta los siguientes artículos:
Artículo 65: Si a la terminación del contrato, el patrono no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidos, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo.
Artículo 63. Terminación con previo aviso. Modificado por el artículo 7 del Decreto 2351 de 1965. El nuevo texto es el siguiente: Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo:
Por parte del patrono:
- Al haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido.
- Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra el trabajador en sus labores, contra el patrono, los miembros de su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo.
- Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del patrono, de los miembros de su familia o de sus representantes o socios, jefes de taller, vigilantes o celadores.
Estos artículos son los más destacados ya que reflejan la responsabilidad que tiene el empleador con el trabajador en caso de despidos injustificados, hablando sobre el artículo 65 de la ley. Aparte de eso, el empleado necesita conocer el artículo donde se reflejan las razones justificadas de un despido, para que de esta manera pueda evaluar si posee un buen argumento legal en caso actuar en pro a la exigencia de los derechos laborales, esto en cuanto al artículo 63.
Así mismo, es importante diferenciar cuál es la liquidación de acuerdo al tipo de contrato:
Liquidación Contrato de Trabajo: dependiendo del tipo de contrato
En Colombia hay diferentes modalidades y tipos de contratos, dependiendo del que tengas, pueden variar los valores de la liquidación.
1. Contrato a término fijo e Indefinido: para este tipo de contrato, los valores a tener en cuenta para la liquidación son: Cesantías, intereses de cesantías, prima legal de servicios y los días de vacaciones causados.
Se calcula de la siguiente forma:
- Cesantías: (Salario mensual x Días trabajados ) / 360
- Intereses de Cesantías: (Cesantías * Días trabajados * 0,12) / 360
- Vacaciones: (Salario mensual * Días trabajados) / 720
2. Contrato por Obra o Labor: este tipo de contrto se caracteriza porque se define la duración del contrato al inicio, teniendo en cuenta una estimación inicial de la obra.
3. Salario Integral: debido a que el salario integral incluye las prestaciones sociales, en este caso, solo se procede a liquidar los días de vacaciones causados hasta la fecha. Los trabajadores con salario integral ganan más de 10 salarios mínimos mensuales vigentes más el factor prestacional (30% del salario recibido).
Teniendo estas bases legales en cuenta, veamos qué herramientas puedes utilizar para calcular correctamente tu liquidación y qué elementos se deben considerar del contrato laboral.
Pero ¿Qué hacer cuando no se paga la liquidación o quedó mal?
Debes tener en cuenta que cuando el empleador sobrepasa el límite de una semana o máximo 15 días para pagar la liquidación, se podrá enviar un derecho de petición a la empresa y esta tendrá 15 días más para responder. De lo contrario, podría dirigirse a la oficina del trabajo del Ministerio del Trabajo del país para reclamar el pago de este derecho.
Adicionalmente por cada día de mora en el retraso del pago de la liquidación, el empleador tendrá que pagar una indemización con un día de salario de acuerdo al último salario devengado dentro de los 24 meses subsiguientes a la terminación del contrato.
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