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Tarifas del impuesto al consumo 2022

Tarifas del impuesto al consumo 2022

El impuesto al consumo es el gravamen que se aplica a ciertos productos y servicios que no se consideran de primera necesidad y se genera durante su venta, importación o prestación en el caso de los servicios, por lo que conocer las tarifas del impuesto al consumo 2022 es de vital importancia para pagar este tributo de manera correcta, planificando con anticipación este gasto. En el siguiente post conocerás las tarifas de impuesto al consumo para el 2022.

 

Tarifas del impuesto al consumo 2021

 

 

Reforma Tributaria Colombia 2022


Para este 2022, las familias beneficiarias de la Devolución del IVA podrás retirar el primer pago desde el sábado 19 de febrero hasta sábado 5 de marzo. Si eres beneficiario de este programa y no lograste retirar tu reembolso, tendrás que esperar dos meses hasta la siguiente fecha para recibir el pago acumulado. 

 

¿Qué es el impuesto al consumo?

El impuesto al consumo es un impuesto aplicado sobre ciertos bienes y servicios, y está regulado por los artículos 512-1 y siguientes del estatuto tributario. El impuesto al consumo, recae sobre el consumo de ciertos bienes o servicios, cuando se adquieren y/o se importan.

Son productos y servicios que no se consideran indispensables (o parte de la canasta básica familiar) y por ello tienen un gravamen adicional al IVA, cuya tarifa puede ser de 16%, 8% o 4%.

 

 

Hechos Generadores del Impuesto al Consumo

El artículo 512-1 del estatuto tributario establece como el hecho generador del impuesto al consumo se da a partir de la prestación o la venta al consumidor final o la importación por parte del consumidor final de los siguientes servicios y bienes:
 

  1. La prestación de servicios de telefonía móvil, internet y navegación móvil, y servicio de datos.
  2. Los vehículos automóviles de tipo familiar y camperos.
  3. Pick-up cuyo valor FOB o el equivalente del valor FOB estén en el rango de precio de alguna de las dos tarifas para las que pueden aplicar. 
  4. Motocicletas con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 200 c.c.
  5. Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte; barcas (botes) de remo y canoas.
  6. Globos y dirigibles; planeadores, alas planeadoras y demás aeronaves, no propulsados con motor de uso privado.
  7. Aeronaves (por ejemplo: helicópteros, aviones); vehículos espaciales (incluidos los satélites) y sus vehículos de lanzamiento y vehículos suborbitales, de uso privado.
  8. El servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías para consumo en el lugar, para ser llevadas por el comprador o entregadas a domicilio, los servicios de alimentación bajo contrato, incluyendo el servicio de catering, y el servicio de expendio de comidas y bebidas alcohólicas para consumo dentro de bares, tabernas y discotecas. Para este 2022, este impuesto aplicará a los negocios que realicen otra actividad además de expendio de comidas y bebidas y/o cuyos dueños no estén inscritos en el RST, como veremos más adelante. 


Además, de acuerdo a la Circular 000016 emitida por la DIAN, se informó que la tarifa del Impuesto al Consumo de bolsas plásticas será de 53 pesos.

 

¿Qué bienes no generan el impuesto al consumo?

Ciertos vehículos están gravados con el impuesto al consumo, el artículo 512-5 del estatuto tributario establece que estos bienes no generan el impuesto consumo son los siguientes:
 

  • Taxis automóviles y los vehículos de servicio público clasificables por la partida arancelaria 87.03.
  • Vehículos para el transporte de 10 personas o más, incluido el conductor, de la partida arancelaria 87.02.
  • Vehículos para el transporte de mercancía de la partida arancelaria 87.04.
  • Los coches ambulancias, celulares y mortuorios, clasificables en la partida arancelaria 87.03.
  • Motocarros de tres ruedas para el transporte de carga o personas o cuando sean destinados como taxis, con capacidad máxima de 1.700 libras y que operen únicamente en los municipios que autorice el Ministerio de Transporte de acuerdo con el reglamento que expida para tal fin.
  • Aerodinos de enseñanza hasta de dos plazas y los de servicio público.
  • Motos y motocicletas con motor de cilindrada hasta de 200 c.c.
  • Vehículos eléctricos no blindados de las partidas 87.02, 87.03 y 87.04.
  • Barcas de remo y canoas para uso de la pesca artesanal clasificables en la partida 89.03.
  • Vehículo usado con más de 4 años, contando desde la venta o la importación.


Cabe destacar que, como parte de los programas para reactivar la economía en el país tras la pandemia del Covid-19, el gobierno colombiano ha decretado que para este 2022 los establecimientos de comidas y bebidas estarán exentos del Impuesto al Consumo. Esta medida se tenía prevista hasta el 31 de diciembre de 2021.

Sin embargo, la DIAN informó que los empresarios de estos sectores 
que están inscritos en el RST (Régimen Simple de Tributación) y que únicamente desarrollan esta actividad, este año tampoco tendrán que pagar el Impoconsumo. Esta medida fue establecida en función de la Ley de Inversión Social, que busca ayudar a la población azotada por los efectos económicos del Covid-19 y fomentar la reactivación de los diversos sectores económicos del país.  
 
Por otra parte, los contribuyentes que durante el 2022 tengan algunos días responsabilidad del Impuesto Nacional al Consumo en su RUT, deberán declarar la fracción de dicho impuesto por el número de días que aparezca la responsabilidad del Impuesto al Consumo.

 

Tarifa del impuesto al consumo 2022 – Tarifa del 16%

La tarifa del 16% del impuesto al consumo se aplica sobre los siguientes bienes:
 

  • Vehículos automóviles de tipo familiar y los camperos cuyo Valor FOB (o el equivalente del Valor FOB) sea mayor o igual a USD $30.000, incluyendo sus accesorios.
  • Las Pick-up cuyo Valor FOB (o el equivalente del Valor FOB) sea mayor o igual a USD $30.000, incluyendo sus accesorios.
  • Globos y dirigibles; planeadores, alas planeadoras y otras aeronaves, no propulsados por motor y de uso privado.
  • Otras aeronaves como helicópteros y aviones; vehículos espaciales (incluidos los satélites) y sus vehículos de lanzamiento y vehículos suborbitales, que sean de uso privado.

  

Tarifa del impuesto al consumo 2022 – Tarifa del 8%

La tarifa del 8% del impuesto al consumo se aplica sobre los siguientes bienes:
 

  • Vehículos automóviles de tipo familiar y los camperos cuyo Valor FOB (o el equivalente del Valor FOB) sea menor de USD $30.000, incluyendo sus accesorios.
  • Las Pick-up cuyo Valor FOB (o el equivalente del Valor FOB) sea menor de USD $30.000, incluyendo sus accesorios.
  • Motocicletas con motor de émbolo alternativo de cilindrada mayor a 200cc.
  • Yates y otras embarcaciones o barcos de recreo o uso deportivo, incluyendo botes de remo y canoas.
  • Servicios de comidas y bebidas en restaurantes y bares.

Nota: Este impuesto no es aplicable a las actividades de expendio de bebidas y comidas bajo franquicias.
 

Tarifa del impuesto al consumo 2022 – Tarifa del 4%

La tarifa del 4% del impuesto al consumo se aplica sobre los siguientes servicios:
 

  • Operadoras de telefonía.
  • Servicios de internet y navegación móvil.


 

Fechas para declarar y pagar el Impuesto al Consumo 2022

El impuesto al consumo, o impoconsumo, se declara y paga en las mismas fechas que el IVA bimestral (incluyendo bolsas plásticas y cannabis):
 

  • Enero - febrero: Hasta 8 - 22 de marzo del 2022.
  • Marzo - abril: Hasta 10 - 23 de mayo del 2022.
  • Mayo - junio: Hasta 8 - 22 de julio del 2022.
  • Julio - agosto: Hasta 7 - 20 de septiembre del 2022.
  • Septiembre - octubre: Hasta 9 - 23 de noviembre del 2022.
  • Noviembre - diciembre: Hasta 11 - 24 de enero del 2023.

 




Estas son las tarifas del impuesto al consumo 2022 y los bienes y servicios a los que son aplicados y excluidos. Si eres de los contribuyentes que deben declarar y pagar el impuesto al consumo este 2022 te invitamos a echar un vistazo al Calendario Tributario DIAN.

 

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