¿Qué es el régimen simple de tributación? ¿Quiénes podrán inscribirse al régimen simple de tributación? En el siguiente post te explicaremos de qué se trata el régimen simple de tributación, cuales son las tarifas y pago del impuesto unificado.
¿Qué es el régimen simple de tributación?
El régimen simple de tributación ha sido implementado por el Gobierno Nacional a través del artículo 66 de la Ley de Financiamiento. El régimen simple de tributación es un modelo de tributación opcional de causación anual y pago anticipado bimestral, el cual tiene como objetivo reducir las cargas formales y sustanciales de las personas naturales y jurídicas que decidan tributar bajo este nuevo régimen.
El Régimen Simple de Tributación (RST) es un tributo que se declara anualmente y debe pagarse con anticipos bimestrales mediante los sistemas electrónicos de la DIAN, y rige desde el año 2019 y al que pueden acceder de forma voluntaria, las personas naturales como personas jurídicas que cumplan con los requisitos específicos.
Este nuevo régimen tributario pretende facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes en especial aquellos que figuran en la informalidad, accediendo a disfrutar de todos los beneficios que permite el formalizarse, como el ver reducida la carga impositiva y los costos de cumplimiento de la obligación tributaria, y el mejorar las propias condiciones de competitividad en el mercado.
¿Quienes podrán inscribirse al régimen simple de tributación?
Al régimen simple de tributación podrán inscribirse las personas que cumplan las siguientes condiciones:
- Personas natural que desarrolle una empresa o persona jurídica en la que sus socios o accionistas sean personas naturales, nacionales o extranjeras residentes en Colombia.
- Que en el año gravable anterior hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 100.000 UVT. En el caso de las empresas o personas jurídicas nuevas, la inscripción en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE estará condicionada a que los ingresos del año no superen estos límites.
- La persona natural o jurídica deberá estar al día con sus obligaciones tributarias de carácter nacional, departamental y municipal y con sus obligaciones de pago de contribuciones al Sistema de Seguridad Social Integral.
- Contar con la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT)
Se debe tener en cuenta que los contribuyentes que opten por el régimen simple de tributación no se les aplicará la retención en la fuente. Pueden optar por el RST, las Personas naturales que desarrollen actividad con criterios empresariales y las Personas jurídicas de naturaleza societaria que, en el año gravable anterior, hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 100.000 UVT .
¿Hasta cuándo puedo inscribirme?
Todos los que cumplan con los mencionados requisitos, y estén interesados e ingresar al Régimen Simple de Tributación (RST), deberán hacerlo entre el 1 y el 31 de Enero de cada año. La próxima fecha de inscripción es en 2023.
Cómo inscribirse en el Régimen Simple de Tributación – RST
- Personas naturales y jurídicas con actividades comerciales Las personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales y todavía no estén inscritos en el RUT, pueden generar el PRE-RUT de mejor forma directa y sencilla para presentarlo ante la Cámara de Comercio y así obtener con un solo trámite la inscripción en el Registro Único Tributario y el Certificado de Cámara de Comercio, acogiéndose al nuevo RST.
- Personas naturales que no realicen actividades de comercio Mientras que, las personas naturales que no realicen actividades de comercio podrán, para acogerse a dicho Régimen, pudiendo realizar su inscripción en el RUT en línea sin desplazarse a un punto de contacto de la DIAN, para lo que solamente deberán tener una foto de cada lado de la cédula de ciudadanía y una foto del rostro de quien realiza el trámite (selfie), para corroborar automáticamente los datos de identificación y garantizar la seguridad y autenticidad del inscrito.
Tarifa del RST
Los contribuyentes del nuevo modelo de tributación no están sometidos al impuesto sobre la renta, ya que es reemplazado por el RST. Además de simplificar la forma de pagar el impuesto de industria y comercio, el complementario de avisos y tableros y la sobretasa bomberil. Además de estar incluido en la tarifa del RST, no pagarán directamente en cada municipio o distrito, pasan a pagar a través del RST con un solo pago que el Ministerio de Hacienda distribuirá a los entes territoriales.
La tarifa del RST, figura el impuesto sobre las ventas para tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados y peluquerías. Éstas no tendrán que cumplir con las obligaciones formales y sustanciales relacionadas con el IVA siempre que sigan en el RST. Las tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados son aquellas que realicen como actividad principal, la comercialización de alimentos, comidas y bebidas al detal para el uso o consumo final de hogares, dentro o fuera del establecimiento, y no sean responsables del impuesto nacional al consumo.
¿Qué es el impuesto unificado?
El régimen simple de tributación instituyo el impuesto unificado. El impuesto unificado bajo este nuevo régimen sustituye al monotributo. Los impuestos que comprende el impuesto simple son:
- El impuesto sobre la renta
- El impuesto nacional al consumo, siempre y cuando se desarrollen servicios de expendio de comidas y bebidas
- El impuesto sobre la venta, siempre y cuando se desarrolle una o más actividades descritas en el numeral 1 del artículo 908 de este Estatuto.
- El impuesto de industria y comercio consolidado.
Régimen simple de tributación: Tarifa del impuesto unificado
Las tarifas, tanto para los pagos de anticipos como para la declaración anual del RST, se encuentran determinadas tanto por la actividad que realiza el contribuyente, como por el rango de ingresos que este tenga.
A continuación encontrarás los cuatro grupos de actividades establecidos y los rangos de ingresos brutos anuales para cada uno de ellos:
1. Tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados y peluquería
Ingresos Anuales
Igual o superior |
Inferior |
Tarifa Simple |
0 |
6.000 |
2.0% |
6000 |
15000 |
2.8% |
15.000 |
30000 |
8.1% |
30000 |
100000 |
11.6% |
2. Actividades comerciales al por mayor y detal; servicios técnicos y mecánicos en los que predomina el factor material sobre el intelectual, los electricistas, los albañiles, los servicios de construcción y los talleres mecánicos de vehículos y electrodomésticos; actividades industriales, incluidas las de agro-industria, mini-industria y micro-industria; actividades de telecomunicaciones y las demás actividades no incluidas en los siguientes numerales:
Ingresos Anuales
Igual o superior |
Inferior |
Tarifa Simple |
0 |
6.000 |
1.8% |
6000 |
15000 |
2.2% |
15.000 |
30000 |
3.9% |
30000 |
100000 |
5.4% |
3. Servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine
el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales:
Ingresos Anuales
Igual o superior |
Inferior |
Tarifa Simple |
0 |
6.000 |
5.9% |
6000 |
15000 |
7.3% |
15.000 |
30000 |
12% |
30000 |
100000 |
14.5% |
4. Actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte:
Ingresos Anuales
Igual o superior |
Inferior |
Tarifa Simple |
0 |
6.000 |
3.4% |
6000 |
15000 |
3.8% |
15.000 |
30000 |
5.5% |
30000 |
100000 |
7.0% |
Régimen simple de tributación: Pago del impuesto unificado
Los contribuyentes inscritos en el régimen simple de tributación están obligados a pagar un anticipo bimestral por medio de recibos de pago electrónico, dependiendo de los ingresos brutos de dicho período y la actividad desarrollada. En caso de que los contribuyentes inscritos obtengan ganancias ocasionales o ingresos no constitutivos de renta ni ganancia durante el periodo gravable no estarán obligados a incluirlos en la base para establecer el límite de ingresos (100.000 UVT)
El pago del impuesto unificado se podrá realizar a través de las redes electrónicas de pago y entidades financieras designadas por el Gobierno, de acuerdo a los siguientes vencimientos
Declaracion Anual Año 2021
Último dígito del NIT |
Vencimiento |
1 |
7 de abril de 2022 |
2 |
8 de abril de 2022 |
3 |
11 de abril de 2022 |
4 |
12 de abril de 2022 |
5 |
13 de abril de 2022 |
6 |
18 de abril de 2022 |
7 |
19 de abril de 2022 |
8 |
20 de abril de 2022 |
9 |
21 de abril de 2022 |
0 |
22 de abril de 2022 |
Pago Anticipos 2022
Último dígito del NIT |
Bimestre 1 |
Bimestre 2 |
Bimestre 3 |
Bimestre 4 |
Bimestre 5 |
Bimestre 6 |
1 |
10/05/22 |
06/06/22 |
08/07/22 |
07/09/22 |
09/11/22 |
11/01/23 |
2 |
11/05/22 |
07/06/22 |
11/07/22 |
08/09/22 |
10/11/22 |
12/01/23 |
3 |
12/05/22 |
08/06/22 |
12/07/22 |
09/09/22 |
11/11/22 |
13/01/23 |
4 |
13/05/22 |
09/06/22 |
13/07/22 |
12/09/22 |
15/11/22 |
16/01/23 |
5 |
16/05/22 |
10/06/22 |
14/07/22 |
13/09/22 |
16/11/22 |
17/01/23 |
6 |
17/05/22 |
13/06/22 |
15/07/22 |
14/09/22 |
17/11/22 |
18/01/23 |
7 |
18/05/22 |
14/06/22 |
18/07/22 |
15/09/22 |
18/11/22 |
19/01/23 |
8 |
19/05/22 |
15/06/22 |
19/07/22 |
16/09/22 |
21/11/22 |
20/01/23 |
9 |
20/05/22 |
16/06/22 |
21/07/22 |
19/09/22 |
22/11/22 |
23/01/23 |
0 |
23/05/22 |
17/06/22 |
22/07/22 |
20/09/22 |
23/11/22 |
24/01/23 |
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