¿Has escuchado sobre la renta presuntiva?, ¿Sabes en qué consiste? En este post te explicamos más acerca de este importante elemento, cómo es su cálculo y las tarifas que aplican. No olvides que resulta muy importante que realices tu declaración de renta y pago de forma oportuna, evitando de esta manera futuras multas.
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Renta Presuntiva: ¿Qué es?
Es un sistema que permite determinar el impuesto de renta, el cual resulta de especial importancia para quienes han acumulado un patrimonio considerable, pero para quienes sus ingresos (debido a la etapa de vida en la que se encuentran) no son lo suficientemente altos. Los contribuyentes que declaren impuesto de renta deben determinar y calcular la renta presuntiva, en base a las reglas del artículo 189 y 189 del estatuto tributario.
¿Qué es la renta presuntiva en el impuesto a la renta?
- La renta presuntiva, puede presumirse, por lo que es una presunción de ley, o también llamada ficción legal, al tratarse de la presunta ocurrencia de un hecho que puede convertirse en base gravable así no existiera el mismo.
- La renta presuntiva, es la renta que la ley considera que produce cierto patrimonio, que forme un conjunto de bienes y derechos, es de carácter productivo, por lo que la ley presume que dicho patrimonio durante 1 año gravable deberá generar un mínimo de renta, del 3.5%.
La renta presuntiva se trata del mínimo rendimiento esperado por el Estado que genere el patrimonio líquido del contribuyente, lo que obliga a las personas naturales y jurídicas a tributar sobre ingresos que pueden No haber percibido.
Renta Presuntiva: Tarifas
Las tarifas o el porcentaje de renta presuntiva considerando las modificaciones mediante la ley 1943 de 2018 son:
Año / Porcentaje
- Hasta el 2018 / 3.5%
- 2019 / 1.5%
- 2020 / 1.5%
- 2021 7 0%
- 2022 / 0% (se repite para el año gravable 2022, declaración que deben presentar en 2023).
Por lo que desde el año 2021 dejará de correr la renta presuntiva.
El año 2018 que se declara en el 2019 se aplica el 3.5%
Renta Presuntiva: Cálculo
En caso que un contribuyente a 31 Diciembre del 2019 tuviera un patrimonio de $100.000.000, la ley presume que en 2020 deberá generar una renta mínima de 3.5% = $3.500.000 = la renta presuntiva.
- Por lo que la renta presuntiva es una base gravable sobre la que posiblemente deban pagar el impuesto de renta.
Aspectos a considerar para el cálculo de la renta presuntiva
Algo a considerar es que, la renta presuntiva debe calcularse aunque el contribuyente no estuviera obligado a presentar la declaración de renta del año gravable inmediatamente anterior o declarara por primera vez.
La obligación de calcular la renta presuntiva afecta a todas las personas naturales y sucesiones ilíquidas (bienes y deudas del fallecido/a que no hubiesen distribuidos a los herederos), sin importar que el patrimonio líquido considerado para el cálculo fuera declarado o no.
Lo anterior sucede a partir de la obligación de presentar la declaración de renta se debe a los topes establecidos los que las personas obligadas pueden o no cumplir, aunque no significa que en el año no declarado, no hayan tenido patrimonio. El contribuyente en este caso tendrá que incluir sus bienes que disponía al 31 de Diciembre del año inmediatamente anterior, y al valor restarle las deudas que tuviera a la misma fecha, el resultado corresponderá a la base sobre la que se determinará la renta presuntiva.
¿Cómo se calcula la renta presuntiva?
La renta presuntiva se puede calcular al aplicar el 3.5% sobre el patrimonio que posea el contribuyente al 31 de Diciembre del año anterior. La base sobre la que calcular la renta presuntiva será sobre el patrimonio líquido del contribuyente, si bien dicha base podrá reducirse con ciertos conceptos establecidos mediante el artículo 189 del estatuto tributario.
Para proceder a depurar la base en la renta presuntiva, detrayendo o restando estos conceptos del patrimonio líquido del contribuyente:
1) El valor patrimonial neto de aportes y acciones en sociedades nacionales.
2) El valor patrimonial neto de los bienes afectados debido a por hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito, si se demuestra que existen estos hechos y el % en que han influído para la determinación de una renta líquida inferior.
3) El valor patrimonial neto de los bienes vinculados a empresas en período improductivo.
4) Desde el año gravable 2002 el valor patrimonial neto de los bienes vinculados directamente a empresas que su objeto social fuera solamente la minería diferente a la explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos.
5) Las primeras 19.000 UVT de activos del contribuyente para el sector agropecuario se excluyan de la base de aplicación de la renta presuntiva sobre patrimonio líquido.
6) Las primeras 8.000 UVT del valor de la vivienda de habitación del contribuyente.
7) El valor patrimonial neto de los bienes que sean solamente para actividades deportivas de clubes sociales y deportivos.
- Dichos conceptos deben restarse del patrimonio líquido del contribuyente
- Luego sobre dicho resultado deben aplicarle el 3.5%
- Al resultado de la operación anterior, deben sumarle la renta gravable que han generado los activos excluidos del patrimonio
- El resultado final es la renta presuntiva a declarar.
¿Te ha quedado claro en qué consiste la renta presuntiva? Cuéntanos tu opinión respecto a la declaración de renta.