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Superviviente007 02/01/23 16:11
Ha comentado en el artículo ¿Cómo comprar acciones de Nintendo? | De un juego de cartas a conquistar el mundo.
 Por si sirve: Tengo unas pocas de Nintendo (Tiker: NTO) a través de degiro, en el sistema de interconexión TDG (cotiza en euros) [si no tengo mal entendido: la Bolsa de Frankfurt está siendo traspasada al sistema TDG  (TRADEGATE)].    | Nintendo Co LtdTDG | NTO | JP3756600007 | EUR   También existe Nintendo (degiro) en londres, parece que cotizando en yenes. (no muestra volumen hoy)    | NINTENDO ORDLSE | 0R1E | JP3756600007 | JPY ( También existen (degiro) en londres, parece que cotizando en yenes.) (hoy muestra un volumen de "5".)    También existe, como no, Nintendo (degiro), en la bolsa de Tokio, cotizando en yenes      | Nintendo Co LtdTSE | 7974 | JP3756600007 | JPY  (dice que  la negociación se encuentra disponible. Sus órdenes se enviarán directamente al mercado. ).En EEUU, sólo las he encontrado en el mercado USA del OTC / OTC internacional:NTDOF Nintendo Co. LtdNTDOY Nintendo Co. Ltd ADRUn saludo.P.D.1: Si alguien sabe dónde más cotizan...P.D.2: En TDG compré las que quise, muchas menos de 100 acciones (O sea, no hubo límite mínimo).
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Superviviente007 18/12/21 10:41
Ha respondido al tema Se acabó el Modelo D6
Magnífico regalo.Lo siguiente, que quiten la tasa Tobin (aunque creo que es muy difícil que el gobierno suelte sus mandíbulas, de los euros que ya muerde del contribuyente).A ver si con esto mi hermana se anima a salir bursátilmente al exterior (que cuando le dije lo del Modelo D-6, se echó para atrás). Buena cosecha bursátil para el año que viene. 
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Superviviente007 29/12/20 12:45
Ha respondido al tema Llega la tasa Tobin - nuevo impuesto a la compra de acciones
Muchas gracias, Juan1980.                                                          Muy oportuno.Con esto del Covid, el trajín diario y el paso del tiempo, me había olvidado del impuesto Pedro Pablo Tobin.Lo bueno es que había acabado, hace unas semanas, de replantearme mi forma de invertir para el futuro próximo.Y gracias a tu aviso sólo he tendido que hacer algunos "ajustes" más (sin que lo que me había replanteado se viniera abajo):-En Europa (no España):   al bróker que ya tengo (holandés-germano). he añadido un bróker europeo (polaco; pendiente de activar cuenta).-A ambos iré transfiriendo la mayor parte de lo que me queda en España.Ya he vendido las primeras acciones sujetas en España a PedroPabloTobin  (¡Adiós Telecinco-Mediaset!), aprovechando que han estado subiendo, y le estaba ganando..                      .................................................................... (Quizás haya un ¡Hola, Mediaset-Italia --en Italia, o allí donde no me confisquen el 'sudor de mi frente'--!)Suerteuros a todos.                                           Gracias a Pedro Pablo Tobin, por habernos avisado.
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Superviviente007 12/12/20 04:58
Ha comentado en el artículo Sorpresas 2021.
X1: España tiene cero deuda pública. (Y yo, ninguna deuda personal).X2: En España los políticos piensan a largo plazo, piensan en el bien común y jamás discriminan por cuestiones ideológicas.X3: Pedro Sánchez reconoce los derechos históricos del Cantón de Cartagena, y aprueba su referéndum de autodeterminación para el 28 de diciembre de 2021.X4: Marruecos cierra a cal y canto sus fronteras para que los españoles no les entren en patera.X5: Madrid se establece como Estado-Ciudad.x6: Pedro Sánchez tiene un pensamiento fugaz de que a lo mejor sería bueno bajar algunos impuestos.X7: Según todos los estudios internacionales: la Administración española es la más eficaz y eficiente del mundo.X8: Se aprueba una Ley de Himnos de la Nación de Naciones; basada en dos pilares imprescindibles:Primero: El himno de España es una sucesión de fragmentos de los himnos autonómicos. Se cambia cada vez que entra un nuevo gobierno, a la vez que se prohíbe escuchar los anteriores.Segundo: El himno de España  ha de ser interpretado sólo con instrumentos ecológicos; impidiendo que lleven, en todo o en parte: elementos animales, plásticos o  artificiales. Debiendo la orquesta garantizar que el número de intérpretes respetan la diversidad autonómica, de género, e ideológica.X9: Fuera de las fronteras españolas: Ucrania se anexiona Rusia.Y la X10: Se aprueba la nueva Ley de Derechos Humanos que garantiza a) salud y felicidad a todos los ciudadanos,  b) hacer y obtener todo lo que queramos, y c) si así lo deseamos: garantiza que viviremos eternamente.
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Superviviente007 01/06/20 12:21
Ha respondido al tema Degiro renta 2018. Fondo monetario
Hola.Llevo semanas que no he visto nada sobre este tema.Y, en verdad, solo soy un aprendiz.En mi caso, bajo mi responsabilidad, yo voy a hacer como el año anterior:-un dinero depositado en un fondo me ha generado pérdidas (y por ello, yo declararé las pérdidas en ganancias y pérdidas patrimoniales derivados de fondos).-el broker me dice que me ha compensado con unas cantidades (en mi opinión no es un dividendo (no soy socio del Broker)): lo más parecido que yo encontré es más bien el apartado del IRPF: de intereses, depósitos y activos financieros. Entendiendo que obtengo "otro tipo de remuneraciones", obtengo una remuneración "compensatoria" del Broker (no, del fondo) (no, dividendo por socio del broker DeGiro).Y entiendo (sólo es mi opinión) que al haber recibido yo un dinero de alguien compensando algo, debo declarar y pagar los impuestos que correspondan.Quizás otra cosa habría sido si el Fondo, por su cuenta, las pérdidas me las hubiera compensado el propio Fondo directamente para que no tuviera pérdidas al final del ejercicio. (Que creo que no es el caso).Un saludo a todos.                    De esta también salimos.
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Superviviente007 02/05/20 04:29
Ha respondido al tema Degiro renta 2018. Fondo monetario
Hola. Gracias a tu pregunta me he dado cuenta de que tengo que mejorar algo en el IRPF2019. Cuando, en 2018, puse la pérdida por el fondo monetario, intenté poner en Rentaweb el ISIN, en vez del CIF, y por eso no me lo admitía.Respecto a tu pregunta del CIF (actualmente llamado NIF): he estado buscando por ahí pero no lo he encontrado. Hoy sábado le he enviado un email a DEGIRO, preguntándole por ese número de identificación fiscal. Cuando me lo digan --y si no me dicen nada en contra-- lo colocaré aquí.Buen día.
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Superviviente007 27/04/20 11:31
Ha respondido al tema Degiro renta 2018. Fondo monetario
Hola...     En el "fondo" me ha venido bien tu pregunta, para recordar lo que volveré a hacer este año. —¿Qué hice con las pérdidas del fondo donde se deposita el dinero, en DeGiro? Así lo declaré (como en 2018 usé 2 fondos, muestro sólo el primero que declaré). Como verás: un gran capital.—¿Qué hice con la compensación que me proporcionó DeGiro por las pérdidas en los Fondos? Así lo declaré. (He tachado en negro lo que no se refiere a DEGIRO)¿Por qué puse así las pérdidas y la compensación?Pues no hice totalmente lo que me comentó Hacienda (Llamé a Hacienda por teléfono, y me dijeron que lo que "se nos ha ocurrido es que": lo ponga como un gasto o ganancia del fondo según resulte la compensación).Teniendo eso como base, y buscando por ahí. Ya mareado...confundido...a punto de tirar todas las toallas... y con la presión de no llegar a tiempo a la meta de presentar la declaración 2018:Pensé que (no se me ocurrió a mí) lo más adecuado era tratarlo como si fuera un fondo garantizado.De tal manera que la pérdida real del fondo: la declarara de la manera que he dicho anteriormente: una pérdida en fondos.La compensación de DeGiro: la declaré como un rendimiento de "Intereses de cuentas y depósitos y de activos financieros en general".Porque según la propia Hacienda (en su web) se deben incluir en este apartado «la contraprestación, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, derivada de cuentas y depósitos en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros.» (Y entendí que esa compensación de DeGiro podría ser una contraprestación similar a la realizada por una institución, cuando compensa la pérdida sufrida por un fondo/depósito garantizado (en este caso: un fondo monetario).----Respecto a lo que acabo de indicar aquí, y, dada las posibles repercusiones fiscales negativas y adversas de ello, digo como cuando se anuncian productos farmacéuticos:1 - Esto es sólo un comentario y, de ninguna manera es una forma de comportamiento fiscal avalada por Hacienda ni por nadie.2 - Lea detenidamente las instrucciones de Hacienda y las Leyes.3 - En caso de duda o de cualquier posibilidad de error: consulte con Hacienda y con un experto/s (no con un inexperto fiscal como yo) las veces que sean necesarias.4-  (Y casi como decía el Director General de Camp) Busque, compare y si encuentra otra solución mejor: materialícela.Buena salud.Buena Renta.Y buenas rentas.Confieso que Hacienda no me ha dicho aún nada sobre el posible desbarajuste en las cuentas públicas que ocasioné con el comportamiento descrito anteriormente.
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Superviviente007 19/02/20 13:17
Ha comentado en el artículo Tasa Tobin: ¿cómo afecta a las inversiones?
Hoy, ya más sereno, puedo ser más constructivo, realista, y… 1. Siento haber metido la “rabia” en mi mensaje anterior. 2. Tenía varios “sistemas”: uno (el grueso) para obtener dividendos; dos, pequeño, para comprar y vender en España; tres, pequeño, para acciones internacionales en mercados europeos; y cuarto: residual en mercado americano. 3. Vendí el grueso de mi cartera, por las futuras decisiones del actual Gobierno, las cuales —en mi opinión: negativas— se avecinaban. Pero también vendí: por mis propias circunstancias: preferí vender la mayoría porque prefería dedicarlo a tener liquidez de sobra, y a la vez: devolver la mayor deuda posible (Objetivo Deudas 0): por si se volvía a producir en el horizonte de medio plazo: una situación ZAPATERO—2. 4. Si hubieran sido otras mis circunstancias: muy probablemente no habría vendido las acciones: para que dieran dividendo. 5. Por tanto, el dilema principal que se me plantea es el problema de qué hacer con las acciones: de comprar y vender españolas. Ayer, con la “rabia” pensaba vender. No obstante, como no es de implantación inmediata: voy a repensarme el “sistema” de comprar y vender, para ver como amortiguar las consecuencias del impuesto y, si cabe, darle la vuelta (quizás menos operaciones, dejarlo en cosa residual, etc., etc., ….). Teniendo en cuenta, por otra parte, que invertir en empresas de baja capitalización… pues, normalmente, tiene su plus de riesgo. 6. (Tras, posiblemente, dejar residual las acciones en España) El segundo dilema sería, si enfocarme más: en acciones/etfs extranjeros (en Alemania y USA, sobre todo, que no tienen ese impuesto).”, añadiendo quizás otros países que no tengan ese impuesto —y en los que convenga invertir—). Diversificando y, por tanto, disminuyendo el Riesgo España. 7. El tercer dilema sería: (aunque no son muy preferidos por mí) (se han mencionado algunos en los comentarios): si usar opciones, cfds, fondos internacionales que (como dice Luis Ángel) “no compren compañías españolas de más de mil millones”. Aún no he decidido nada (de vez en cuando compro alguna opción, y tengo unos ridículos eurillos en 2 fondos). 8. Opino como ha indicado el usuario Joaquim: “Cuestión de releer las comparativas de brokers para mercados extranjeros”. Buscar, comparar, analizar bien las condiciones,… y adecuarlo a sus necesidades. Los que ya invierten en el extranjero, y con brokers “adecuados”… se han llevado menos “susto” (menos susto, nadie está libre de sustos en los mercados) que los que sólo usan el mercado Español, respecto a "lo que algunos consideran confiscación” aprobada en el Consejo de Ministros. Lo dicho es sólo opinión personal, de ninguna manera es un consejo ni recomendación.
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Superviviente007 18/02/20 15:17
Ha comentado en el artículo Tasa Tobin: ¿cómo afecta a las inversiones?
Muchas gracias por la información. En lo personal... Con el fin de frenar la especulación (que tanto odian los Mandamases del Gobierno) y con el fin de que no invirtamos en las empresas de más de 1000 millones de capitalización bursátil, ese IBEX que odian tanto)... Pues primera medida que me salva de ImpuestosPedroPablo: venderé las acciones que tengo, antes de que cobren el impuesto (Ya vendí una buena parte cuando anunciaron el Gobierno). Segunda medida que me salva de ImpuestosPedroPablo: invertiré, sobre todo en acciones extranjeras (en Alemania y USA, sobre todo, que no tienen ese impuesto). Ya somos solidarios cuando pagamos las plusvalías... Eso de cobrarme antes de haber ganado nada -gane o pierda-... Me salvaré de los -probables- destrozos económicos que se avecinan. No quiero vivir un Zapatero-II. Un saludo a PedroS y PabloI: siempre velando ¡incansablemente! por quitarme mi dinero. Hoy... cabreo... Mañana, más sereno.
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Superviviente007 03/03/19 04:59
Ha comentado en el artículo ¿Cómo descifrar los nombres de los ETFs?
Muchas gracias. Muy claro y oportuno.
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