Claudia cordial saludo. Yo hice la misma observación en cuanto a las fechas de plazo. De acuerdo con el calendario tributario de la DIAN, efectivamente tienes plazo hasta el 17 de septiembre para presentarla.Saludos.
Julie cordial saludo.Las personas que deben declarar son:Aquellas que al 31 de diciembre de 2019 tuvieran un patrimonio superior a $154,2 millones (4.500 unidades de valor tributario).Quienes tuvieron ingresos brutos iguales o superiores a $47,9 millones (1.400 UVT) durante 2019Las personas que hayan realizado compras con tarjeta de crédito superiores a $47,9 millones el año pasado Quienes hayan realizado compras y consumos totales superiores a $47,9 millonesLos que hayan tenido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a $47,9 millonesY los responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) al cierre del 2019.Si cumples con alguno de los esos puntos debes declarar:Ahora bien, si debes hacerlo, debes alistar los siguientes documentos:Certificados de cuentas bancarias a fecha de corte 31 de diciembre de 2019.Certificados de créditos (bancarios o de cooperativas) y de tarjetas de crédito también a fecha de corte 31 de diciembre de 2019.Certificado de ingresos y retenciones del 2019.Copia de los impuestos predial o de vehículos de este año. Esos certificados bancarios y de créditos son unos que específicamente expiden para declaración de renta, no sirven los extractos del último mes del año. Se que hay personas que diligencian su declaración de renta a través de la página web de la DIAN, pero en mi caso pedí el favor a un contador de que me lo hiciera ya que es algo complejo. Muy importante, si al diligenciar la declaración de renta, el formulario indica que debes pagar cero (0) pesos, igualmente debes presentarlo en la ventanilla de pagos de un banco y que lo sellen como si hubieses pagado algo. Saludos.
Cordial saludo.Creo que deben verificar las fechas, porque de acuerdo con el calendario de la DIAN las personas naturales comienzan con el 99 y 00 desde el 11 de agosto y en la página dice que desde el 6. https://www.dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx Saludos.