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C.I. EXPORTBCM no está regulada. No invertir con ella
La sociedad asumió obligaciones con por lo menos 337 personas por más de $10.000 millones sin prever a cambio la entrega de un bien o la prestación de un servicio.
Estas obligaciones, que incluyen la promesa de rentabilidades de hasta el 25% sobre el valor entregado sin una explicación financiera razonable, superan el 50% del patrimonio líquido de la sociedad.
La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) ordenó a la sociedad C.I. Comercializadora y Exportadora B.C.M. S.A.S. (sigla CI EXPORT BCM) suspender de manera inmediata las actividades que constituyen captación ilegal o recaudo no autorizado de dineros del público.
La medida fue adoptada a través de la Resolución Número 0823 del 23 de abril de 2024, en la que también le ordena a dicha sociedad realizar la devolución inmediata de los recursos captados de manera ilegal.
La SFC estableció que la sociedad C.I. Export B.C.M. asumió obligaciones con por lo menos 337 personas por $ 10.064.380.253, sin prever a cambio la entrega de un bien o la prestación de un servicio. Dicho monto, que incluye la promesa de reconocer rentabilidades fijas de hasta el 25% sobre el valor entregado en un período de 25 días hábiles. En efecto, se determinó que los pagos que hizo la sociedad a las personas que entregaron sus recursos, no tienen justificación financiera razonable, ya que para 2021 el negocio generó pérdidas y para 2022 y 2023 los ingresos no eran suficientes para pagar las
rentabilidades fijas que ofreció, capitalizó y pagó.
Estas operaciones las realizó por medio de una línea de negocio desarrollada principalmente en los municipios de Turbo y Apartadó en el Urabá antioqueño, el
cual tenía como principio la vinculación de terceros “asociados” y/o “socio oculto” a través de un denominado “contrato de cuentas en participación”, cuyo objeto era recibir recursos de los suscriptores para hacerlos partícipes de los beneficios económicos generados por la empresa a partir de la comercialización de plátano.
La SFC remitió copia de la resolución a la Superintendencia de Sociedades con el fin de que adopte las medidas de su competencia, al igual que a la Fiscalía General de la Nación, junto con el expediente de la investigación, con el fin de que se adelanten las investigaciones en materia penal.
Estas obligaciones, que incluyen la promesa de rentabilidades de hasta el 25% sobre el valor entregado sin una explicación financiera razonable, superan el 50% del patrimonio líquido de la sociedad.
La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) ordenó a la sociedad C.I. Comercializadora y Exportadora B.C.M. S.A.S. (sigla CI EXPORT BCM) suspender de manera inmediata las actividades que constituyen captación ilegal o recaudo no autorizado de dineros del público.
La medida fue adoptada a través de la Resolución Número 0823 del 23 de abril de 2024, en la que también le ordena a dicha sociedad realizar la devolución inmediata de los recursos captados de manera ilegal.
La SFC estableció que la sociedad C.I. Export B.C.M. asumió obligaciones con por lo menos 337 personas por $ 10.064.380.253, sin prever a cambio la entrega de un bien o la prestación de un servicio. Dicho monto, que incluye la promesa de reconocer rentabilidades fijas de hasta el 25% sobre el valor entregado en un período de 25 días hábiles. En efecto, se determinó que los pagos que hizo la sociedad a las personas que entregaron sus recursos, no tienen justificación financiera razonable, ya que para 2021 el negocio generó pérdidas y para 2022 y 2023 los ingresos no eran suficientes para pagar las
rentabilidades fijas que ofreció, capitalizó y pagó.
Estas operaciones las realizó por medio de una línea de negocio desarrollada principalmente en los municipios de Turbo y Apartadó en el Urabá antioqueño, el
cual tenía como principio la vinculación de terceros “asociados” y/o “socio oculto” a través de un denominado “contrato de cuentas en participación”, cuyo objeto era recibir recursos de los suscriptores para hacerlos partícipes de los beneficios económicos generados por la empresa a partir de la comercialización de plátano.
La SFC remitió copia de la resolución a la Superintendencia de Sociedades con el fin de que adopte las medidas de su competencia, al igual que a la Fiscalía General de la Nación, junto con el expediente de la investigación, con el fin de que se adelanten las investigaciones en materia penal.