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Cómo pagar el impuesto de industria y comercio ICA?

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Cómo pagar el impuesto de industria y comercio ICA?
Cómo pagar el impuesto de industria y comercio ICA?
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Cómo pagar el impuesto de industria y comercio ICA?

Para realizar el pago del impuesto de industria y comercio ICA los contribuyentes podrán optar por utilizar cualquiera de los siguientes canales:

Pago por medios electrónicos
Los contribuyentes que cuenten con firma digital y que se encuentran relacionados en la Resolución 238829 de 2009 pueden realizar su pago utilizando el sistema SIMPLIFICA.

Los formularios para la declaración y pago de este impuesto se pueden obtener de manera segura, fácil y gratuita a través de los liquidadores dispuestos por la entidad en el sitio web www.haciendabogota.gov.co.

A través de esta herramienta web, el contribuyente ingresa los datos de la empresa y los de la actividad económica, y le generará el formulario en formato PDF que debe imprimir en dos copias. Una vez impresos, los formularios deben firmarse y presentarse en ventanillas de cualquiera de las entidades bancarias autorizadas.

El siguiente es el listado de entidades bancarias autorizadas para el recaudo de los impuestos del distrito:

Por ventanilla:

 

  • Bancolombia

  • Banco de Bogotá

  • Banco Popular

  • Banco Corpbanca

  • Banco Citibank

  • Banco Davivienda

  • Helm Bank

  • Banco BBVA Colombia

  • Banco GNB Sudameris

  • Banco Colpatria

  • Banco de Occidente

  • Banco AV Villas

 

Si desea realizar el pago de sus impuestos distritales de manera electrónicos (cajeros automáticos, sistemas de audiorespuesta o internet), las siguientes son las entidades que han habilitado el servicio:

 

  • Banco de Bogotá

 

 

  • Banco de Occidente

 

 

  • Banco GNB Sudameris

 

 

  • Banco BBVA Colombia

 

 

  • Banco Popular

 

 

  • Banco Colpatria

 

 

  • Banco Davivienda

 

Quienes no paguen el impuesto ICA correspondiente al último periodo de 2013, se les causará una sanción equivalente a $164.000, en el caso de los contribuyentes que hacen retención del impuesto de Industria y Comercio y no lo reporten, la sanción será de $275.000.