La DIAN es el organismo encargado de regular todo lo relacionado al pago de impuestos y aranceles en Colombia, por lo que controla los mecanismos para realizar estos trámites. Uno de los aspectos que debe tomar en cuenta todo contribuyente es la nomenclatura DIAN 2021, tanto la arancelaria como la de direcciones, a fin de realizar bien la escritura de direcciones y aranceles del Modelo Único de Ingreso, Servicio y Control Autorizado (MUISCA).
Nomenclatura DIAN 2021
El MUISCA es un modelo de gestión implementado por la DIAN a fin establecer los aspectos organizacionales, de procesos y tecnología como ejes fundamentales del mismo. Para esto, es necesaria la implementación de códigos para escribir direcciones y especificar procesos arancelarios. Por eso te presentamos la nomenclatura DIAN tanto para aranceles como para direcciones.
Nomenclatura DIAN 2021 - Direcciones
Para escribir una dirección correctamente y presentarla a la DIAN, debes usar la siguiente nomenclatura:
Nomenclatura DIAN 2021 – Direcciones |
|
AC |
Avenida calle |
AD |
Administración |
ADL |
Adelante |
AER |
Aeropuerto |
AG |
Agencia |
AGP |
Agrupación |
AK |
Avenida carrera |
AL |
Altillo |
ALD |
Al lado |
ALM |
Almacén |
AP |
Apartamento |
APTDO |
Apartado |
ATR |
Atrás |
AUT |
Autopista |
AV |
Avenida |
AVIAL |
Anillo vial |
BG |
Bodega |
BL |
Bloque |
BLV |
Boulevard |
BRR |
Barrio |
C |
Corregimiento |
CA |
Casa |
CAS |
Caserío |
CC |
Centro comercial |
CD |
Ciudadela |
CEL |
Célula |
CEN |
Centro |
CIR |
Circular |
CL |
Calle |
CLJ |
Callejón |
CN |
Camino |
CON |
Conjunto residencial |
CONJ |
Conjunto |
CR |
Carrera |
CRT |
Carretera |
CRV |
Circunvalar |
CS |
Consultorio |
DG |
Diagonal |
DP |
Depósito |
DPTO |
Departamento |
DS |
Depósito sótano |
ED |
Edificio |
EN |
Entrada |
ES |
Escalera |
ESQ |
Esquina |
ESTE |
Este |
ET |
Etapa |
EX |
Exterior |
FCA |
Finca |
GJ |
Garaje |
GS |
Garaje sótano |
GT |
Glorieta |
HC |
Hacienda |
HG |
Hangar |
IN |
Interior |
IP |
Inspección de Policía |
IPD |
Inspección Departamental |
IPM |
Inspección Municipal |
KM |
Kilómetro |
LC |
Local |
LM |
Local mezzanine |
LT |
Lote |
MD |
Módulo |
MJ |
Mojón |
MLL |
Muelle |
MN |
Mezzanine |
MZ |
Manzana |
NOMBRE VIA |
Vías de nombre común |
NORTE |
Norte |
O |
Oriente |
OCC |
Occidente |
OESTE |
Oeste |
OF |
Oficina |
P |
Piso |
PA |
Parcela |
PAR |
Parque |
PD |
Predio |
PH |
Penthouse |
PJ |
Pasaje |
PL |
Planta |
PN |
Puente |
POR |
Portería |
POS |
Poste |
PQ |
Parqueadero |
PRJ |
Paraje |
PS |
Paseo |
PT |
Puesto |
PW |
Park Way |
RP |
Round Point |
SA |
Salón |
SC |
Salón comunal |
SD |
Salida |
SEC |
Sector |
SL |
Solar |
SM |
Súper manzana |
SS |
Semisótano |
ST |
Sótano |
SUITE |
Suite |
SUR |
Sur |
TER |
Terminal |
TERPLN |
Terraplén |
TO |
Torre |
TV |
Transversal |
TZ |
Terraza |
UN |
Unidad |
UR |
Unidad residencial |
URB |
Urbanización |
VRD |
Vereda |
VTE |
Variante |
ZF |
Zona franca |
ZN |
Zona |
Nomenclatura DIAN 2021 - Arancelaria
Para realizar la partida arancelaria de un producto también se aplica una nomenclatura establecida por la DIAN:
Nomenclatura DIAN 2021 – Aranceles |
|
Sección I |
Reino Animal |
Sección II |
Reino Vegetal |
Sección III |
Grasas y aceites animales o vegetales |
Sección IV |
Productos de las industrias alimentarias |
Sección V |
Productos minerales |
Sección VI |
Industrias químicas |
Sección VII |
Plástico y sus manufacturas |
Sección VIII |
Pieles, cueros, peletería y manufacturas de estas materias |
Sección IX |
Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera |
Sección X |
Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas |
Sección XI |
Materias textiles y sus manufacturas |
Sección XII |
Calzado, sombrero y demás, tocados, paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas, y sus partes |
Sección XIII |
Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto, mica o materias análogas |
Sección XIV |
Perlas finas o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precios |
Sección XV |
Metales comunes y manufacturas de estos metales |
Sección XVI |
Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes |
Sección XVII |
Material de transporte |
Sección XVIII |
Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión |
Sección XIX |
Armas, municiones, y sus partes y accesorios |
Sección XX |
Mercancías y productos diversos |
Sección XXI |
Objetos de arte o colección y antigüedades |
Reglas para la interpretación de la Nomenclatura Arancelaria
Para entender mejor el uso de la nomenclatura arancelaria de la DIAN, debes tener en cuenta las siguientes reglas de interpretación, establecidas por el Ministerio de Hacienda y la DIAN:
- Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:
-
- Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.
- Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.
- Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:
- la partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa;
- los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo;
- cuando las Reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.
- Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores se clasifican en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.
- Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicarán las Reglas siguientes:
- los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes similares, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un juego o surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados con los artículos a los que están destinados, se clasifican con dichos artículos cuando sean del tipo de los normalmente vendidos con ellos. Sin embargo, esta Regla no se aplica en la clasificación de los continentes que confieran al conjunto su carácter esencial;
- salvo lo dispuesto en la Regla 5 a) anterior, los envases que contengan mercancías se clasifican con ellas cuando sean del tipo de los normalmente utilizados para esa clase de mercancías. Sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.
- La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Bonus: ¿Cuales son los usuarios aduaneros?
- Agente de carga internacional: Persona jurídica con el objetivo social de consolidar y desconsolidar de la carga internacional, con el fin de maximizar la utilización de las rutas y fletes, por lo cual, se requiere autorización la cual es otorgada por la DIAN.
- Agente maritimo: Persona natural o jurídica, representa a Colombia cuando un buque extranjero llega a alguno de los puertos marítimos nacionales o sale de ellos.
- Almacén general de depósito: Lugar habilitado para el almacenamiento de los productos y bienes provenientes o salientes del país; vigilada por la superintendencia bancaria y la direcciones de impuestos y aduanas.
- Comercialización Internacional: Persona que apoya como instrumento de apoyo a las exportaciones, dirigiendo las actividades hacia la promocion y comercializacion de productos colombianos en el comercio exterior.
- Depósito franco: Almacén para exhibir y vender a viajeros extranjeros, productos y mercancía nacional o extranjera. Esta no podrá tener adicionalmente la seguridad de la calidad y la seguridad aduanera.
- Depósito público: Persona jurídica en la cual, la dirección de impuestos aduanas nacionales, el cual, las habilita un lugar para almacenar bajo el control aduanero, mercancía de cualquier usuario del comercio exterior.
- Exportador: Individuo que realiza operaciones de exportacion de mercancia nacional, hacia los demas paises del mundo.
- Importador: Individuo que realiza operaciones de exportacion de mercancia nacional, hacia los demas paises del mundo.
El uso de la Nomenclatura DIAN 2021 te permite llenar tus documentos de manera correcta además que te permite organizar y clasificar mejor la información, haciendo los procesos más eficientes y ordenados.
Si tienes dudas sobre cómo escribir una dirección de manera correcta según la Nomenclatura DIAN, te recomendamos usar la herramienta Generador de Direcciones de la página del Muisca.